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Curso 2004/05
Sociología del Derecho. Licenciatura en Criminología





Práctica 9


1. Trace un cuadro comparativo entre las características de los usos sociales en referencia a las sanciones y las características de las normas jurídicas, también en referencia a las sanciones

Uso social Normas jurídicas
Son reacciones difusas, es decir no se sabe en que grado o de que forma se le va a decir" -incluso la misma situación puede dar lugar a sanción o no Vienen establecidas con precisión, son concretadas por la norma- no son difusas
No están organizadas previamente, son producto de la reacción espontánea del grupo no organizado. No están institucionalizadas, no están insertadas en un órgano permanente de ejecución Están determinados por la norma jurídica previamente y se conectan al aparato institucional del sistema jurídico en su conjunto
Estimación social no proporcional Proporcionalidad entre conducta -sanción


2. Defina y compare estos dos términos: deber social, deber jurídico

DEBER SOCIAL: es el comportamiento que impone las normas sociales, resultado del proceso de socialización (familia, colegio, medios de comunicación), se aprende mediante conducta de imitación y tiene como refuerzo el temor al rechazo social o exclusión.

DEBER JURÍDICO: estudia las relaciones de las personas en general perteneciendo al sistema de las normas jurídicas. REPRESENTACIÓN MENTAL DEL DEBER JURÍDICO.

DEBER SOCIAL JURÍDICO: representación mental del deber privado.

3. Defina expectativa social y expectativa jurídica, ponga ejemplo de ambos

Expectativa social Expectativa jurídica
Es la esperanza fundada en la experiencia del comportamiento aprendido Es la expectativa provocada por la representación mental, es la existencia de una norma jurídica
Espero que los demás respeten mis derechos- mi propiedad Es el contenido de la representación mental motivada por la existencia normativa del derecho subjetivo (conozco la ley y la aplico- no robar por que tengo una sanción privativa de libertad)


4. En el ámbito de la sociología jurídica qué se entiende por incertidumbre?

Es un derivado de la ignorancia social del derecho, las representaciones mentales del común de las personas referentes a sus deberes y derechos están condicionadas por esa ignorancia o por el conocimiento parcial o distorsionado de las normas.

La incertidumbre (ignorancia social del derecho) es un derivado de la propia estructura de la norma jurídica. Hay otra incertidumbre que se deriva de la propia textualidad del derecho, que hace que a veces no se entienda la redacción de las leyes.

¿A QUE MECANISMOS DE CONTROL Y FÉNOMENOS DE VIGILANCIA NACIDOS FUERA DE LA TEORÍA PENAL SE REFIERE FOUCAULT?br>

Inglaterra--- vigilancia y castigo
Francia ----- “lettres de cachet, cartas selladas por el rey -decreto real que tenía por sanción la prisión-.

Siglo XVII Siglo XIX
Teoria penal Beccaria Incertidumbre de la prisión (vigilancia y castigo)


Tenemos una sociedad de panóptico, con el desarrollo de la industrialización, el estado no podía brindar la seguridad a la clase alta industrial, por tanto ella tuvo que desarrollar sus propias medidas de seguridad.

  1. Foucault describe la teoria de la indagación -confesión (manera de producir la verdad sobre un hecho), esto es un residuo de la inquisición.

  2. La forma del saber, poder que dará lugar no ya a las grandes ciencias de la observación como el caso de la indagación, sino a las que hoy conocemos como ciencias humanas: psiquiatría, psicología etc.

  3. Se empieza a organizar la comunidad y termina imponiéndose al derecho penal.

  4. La privación de la libertad surge por el modelo inglés(origen social religioso y vigilancia de control- concepto grupo policial), y en Francia surge como moralidad.









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