Ayer entró en vigor la ‘Ley Sinde-Wert’ (PDF). Posiblemente la ley más [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE] y contraria al derecho y al interés general de cuantas se han promulgado en España desde la llegada de la democracia. Una ley seriamente cuestionada, no sólo ya por internautas y defensores de los derechos civiles, sino también por no pocos políticos, empresarios, creadores y representantes de la judicatura. Una ley que vulnera derechos fundamentales y constitucionales, y que abre la puerta a una censura efectiva, por vía administrativa, de cualquier blog o web.
Una ley que ha sido impugnada y [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]. Que se enfrenta ya a su primer gran desafío. Y que, en definitiva, abre un inquietante y completamente innecesario periplo de acciones y contraacciones que se moverán entre el ridículo y el esperpento, amenazando seriamente, además de los derechos y libertades en la Red, el desarrollo tecnológico y la emprendiduría digital. En un momento de profunda crisis, en el que tal como señaló Mariano Rajoy en su discurso de investidura ([Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]):
“Las leyes tienen que servir para generar oportunidades, no para crear obstáculos. Necesitamos menos y mejores leyes”.
Pues se ha lucido usted. En esto también, quiero decir.
Fuente: MANGAS VERDES
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Primero fue una carta filtrada y [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE] por el embajador de Estados Unidos en España donde advertía al país de un posible castigo si la Ley Sinde no era aplicada con urgencia. El “riesgo”, según la filtración, entrar a formar parte de una lista negra de comercio con Estados Unidos donde se verían “dañadas” las futuras inversiones. Al ver que la aplicación no se iba a dar con el gobierno saliente, la Cámara de Comercio de Estados Unidos instó al gobierno de Rajoy a “recuperar el consenso alcanzado” en el pasado.
No es nada nuevo que Estados Unidos presione a España para la aplicación de leyes contra la “piratería”. De hecho han pasado muchos meses desde que se supo a través de los cables de WikiLeaks que era una realidad y que el gobierno estadounidense había presionado para aplicar una ley a gusto del lobbye.
Fueron 100 cables filtrados donde se mostraba como Estados Unidos había ayudado a redactar la nueva regulación sobre derechos de autor conocida como Ley Sinde.
Ahora y tras su aprobación, otra fuga diplomática ha puesto de relieve cómo los Estados Unidos expresaron primero a José Luis Rodriguez Zapatero, el presidente saliente, una carta en el mes de diciembre. En la misma expresaban su profundo rechazo a que la Ley no haya sido aprobada tal y como se había redactado antes de dejar su cargo. Más tarde, otra carta al gobierno entrante donde se le pedía la aplicación.
La primera de ellas estaba fechada el día 12 de diciembre. Redactada por el embajador de Estados Unidos Alan Solomont, la carta fue enviada al gobierno. En la misma se expresaba la “profunda preocupación” por la falta de la aplicación de la propuesta:
El Gobierno, por desgracia, no ha podido terminar el trabajo por razones políticas, todo ello en detrimento de la reputación y la economía de España. El Gobierno de España adquirió compromisos ante los dueños de los derechos y ante el Gobierno de Estados Unidos. España no puede permitirse ver cuestionada su credibilidad sobre este asunto.
Junto a las peticiones en la carta, que también fue enviada a González-Sinde, Solomont señalaba que España se encontraba en el informe Special 301, un informe anual redactado por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), donde señalaba las “barreras al comercio” relativas a la propiedad intelectual que llevarían consigo la no aplicación.
Una amenaza donde no dudaba en afirmar que el país se degradaría más y se colocaría en la lista de países “piratas” con vigilancia prioritaria, añadiendo el embajador que España se encontraba en incumplimiento de los acuerdos comerciales y por tanto podría ser sometido a un serie de medidas de represalia.
Al parecer y según TorrentFreak, las medidas de presión pasaron al gobierno entrante de Mariano Rajoy. Una nueva fuga de cables han puesto de manifiesto que la Cámara de Comercio de Estados Unidos en Españaescribió a Mariano Rajoy advirtiéndole sobre el potencial riesgo en la inversión extranjera de España, instándole a tomar medidas urgentes sobre la aplicación de la ley. En la misma se decía:
La falta de ley antes de las elecciones ha sido un duro golpe a la seriedad del país en este asunto de tanta importancia. Le instamos a recuperar el consenso alcanzado.
El final ya lo sabemos. La regulación de la Ley Sinde se aprobó a los 10 días de asumir el cargo. Un 30 diciembre del 2011.
Fuente: ALT1040
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El desarrollo de novedosas formas de explotar derechos ajenos de propiedad intelectual a través de Internet ha dado lugar a una precipitada labor legislativa cuyo máximo exponente en España ha sido, hasta el momento, la denominada popularmente Ley SINDE-WERT, que actualmente está siendo objeto de estudio en el Tribunal Supremo (ver noticia: [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]) y, en Estados Unidos, los proyectos de la Ley SOPA y de la Ley PIPA, actualmente suspendidos (ver noticia: SOPA y PIPA no entrarán en debate si no hay un acuerdo más amplio de lucha contra la piratería).
De esta forma, a través de la Ley Sinde y de los proyectos SOPA y PIPA no se otorga un nuevo marco teórico de protección sino que se definen procesos eficaces de protección de determinados derechos, con mínima intervención judicial y cierta desatención de los principios informadores del ordenamiento jurídico. Estos textos normativos que no cuentan con la aprobación popular tienen en común la inseguridad jurídica que genera su contenido material, la ausencia de la garantía procesal que sí aportaría un proceso judicial y graves deficiencias en su aplicación, por la dimensión internacional de Internet en relación a la soberanía de los estados y por la descoordinación de que adolecen en relación a otras normas del ordenamiento sobre las que se sustentan.
La ley Sinde es, como la SOPA y la PIPA en su caso probablemente serán, un despropósito legal, de intención loable pero deficiente proyección y articulación. Su aplicación logrará en parte su objetivo, pero a un precio que jamás debió ser pagado. Sin duda, los derechos de propiedad intelectual deben poder ser protegidos con herramientas eficaces, pero mediante normas que conserven el rigor jurídico suficiente como para que tanto el cesionario como el cedente se sientan protegidos y justamente administrados.
Artículo completo en: Blog de Derecho – Pablo Fdez. Burgueño
Pablo Fernández Burgueño se cede bajo licencia Creative Commons Attribution 3.0 Spain License.
El caso Megaupload ha dado, seguirá dando mucho de que hablar. Desde su cierre por el FBI (EE.UU.) y diversas autoridades estadounidenses hace unas semanas, se ha hablado muchos sobre las futuras consecuencias. De entrada se nos ha intentado vender que los cines registraron una mayor cuota de taquilla ese fin de semana, algo totalmente inconexo y además falso –en España la cuota era mucho menor, por ejemplo, que la del año pasado en las mismas fechas–. Las primeras consecuencias reales han sido las de la modificación de claúsulas y funcionalidades en otros servicios. Algunos incluso han cerrado, pero la mayoría estan registrando unos significativos picos de tráfico desde que Megaupload echó el cierre.
Sitios conocidos como DepositFiles, Hotfile.com o FileFactory han registrado una subida de tráfico muy significativa desde el cierre. Los datos los recogen en TF, y hablan por si solos.
Ampliar en: bitelia
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El 28 de Enero se celebra el Día de la Protección de Datos en toda Europa. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), para celebrarlo realizó la 4 ª Sesión Abierta de la AEPD, que consiste en reunir a profesionales del sector y tratar temas de actualidad del momento.
Entre los años 1692 y 1693, más de 150 personas fueron encarceladas en la aldea de Salem, actual Massachusetts (EE.UU), acusadas de brujería. Nadie pudo probar nada, lo cual no impidió que 19 de los detenidos fueran ahorcados. Arthur Miller dio fama mundial al suceso con su obra Las brujas de Salem, donde establecía un paralelismo crítico con la campaña anticomunista de los años 50 del siglo pasado.
A principios de aquella década, el senador republicano McCarthy había empezado a sospechar que la industria cultural de su país estaba infectada de simpatizantes y espías comunistas. Del mismo modo que los vecinos de Salem veían brujas en las esquinas, él veía trazos comunistas en los textos de Broadway y, sobre todo, en ciertas películas del pérfido Hollywood.
Dejando de lado la presunción de inocencia y varios derechos constitucionales más, McCarthy redactó una lista negra engrosada principalmente por cineastas, guionistas y escritores (como el propio Arthur Miller). Se montó su propio juicio de Salem y fomentó una paranoia social que duraría seis años. Durante aquel periodo, muchos artistas y creadores perdieron su trabajo, ya que contratar a un nombre de la lista negra era interpretado como un guiño al comunismo.
Sesenta años después, las brujas amenazan con regresar
En octubre de 2011, un congresista republicano llamado Lamar S. Smith presentaba ante la cámara de representantes un proyecto de ley llamado SOPA, Stop Online Piracy Act. Ahora la batalla ya no se libra en los escenarios ni en las pantallas de cine, sino en los ordenadores. Y el enemigo ya no es el demonio ni el comunismo, sino quien amenaza una de las más robustas industrias de Estados Unidos: la del copyright.
Si la ley SOPA sale adelante, internet, el medio, pasaría a estar vigilado y controlado por grandes corporaciones como Microsoft, Apple, Adobe, las discográficas y las majors de Hollywood. La internet abierta, libre y un tanto caótica que conocemos daría paso a una ciertamente mucho más estricta y ordenada.
Fuente: mi mesa cojea
Los responsablse se enfrentan una pena máxima de 20 años de prisión por el delito de conspiración para cometer crimen, cinco años de prisión por el delito de conspiración para cometer una infracción de copyright, de 20 años de prisión por el delito de conspiración para cometer lavado de dinero y cinco años de prisión por cada uno de los cargos de violación de copyright.
Megaupload.com tiene más de mil millones de visitas, más de 150 millones de usuarios registrados, 50 millones de visitantes diarios y representa un cuatro por ciento del tráfico total en Internet.
Pocos son los ciudadanos que reparan en ello, pero las formas de delito y su comisión se multiplican a través de internet. Aunque con años de retraso, la Justicia ha comenzado a poner remedio con el nombramiento de fiscales especializados en delincuencia informática. Jorge Bermúdez es el responsable en Gipuzkoa, además de uno de los principales expertos en España. Tiene claro que el problema es, cuando menos, «importante».
Pregunta. ¿Tan preocupante es la situación?
Respuesta. El grado de sofisticación de los cibercriminales está en otra galaxia respecto a lo que la población imagina e incluso a los medios para perseguirlos. Hoy en día pueden entrar en ordenadores, robar contraseñas, suplantar identidades, manejar videocámaras de Internet ajenas e incluso operar con cuentas bancarias sin que la víctima se percate de ello. Basta con convertirse en uno de sus objetivos y no es tan difícil.
P. ¿Avanzan demasiado rápido las nuevas tecnologías en comparación con la obsoleta estructura judicial?
R. Lo hacen a una velocidad de vértigo, más allá del uso que se las dé, y algunos delitos incluso han quedado ya anticuados, como las estafas de tarificación adicional que proliferaban cuando se accedía a las páginas web a través de un número concreto de teléfono.
P. ¿Llega tarde una vez más la Justicia?
R. Nos sacan años de ventaja y además estamos desbordados de trabajo. Como la policía, que incluso ha comenzado a realizar cribas para centrarse exclusivamente en los casos más importantes. Está claro que no se pueden impulsar juzgados especializados en cada tipo de delito, pero sí puede haber fiscales especializados, que es lo que se ha hecho. El futuro pasa porque seamos nosotros quienes dirijamos la investigación.
Entrevista completa en: [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]
Manifiesto: En defensa de los derechos fundamentales en i
Si quieres sumarte al manifiesto:
PetitionOnLine: En defensa de los derechos fundamentales en internet
Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…
1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.
2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.
3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.
4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.
5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.
6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.
7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.
8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.
9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.
10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.
Este manifiesto, elaborado de forma conjunta por varios autores, es de todos y de ninguno. Si quieres sumarte a él, difúndelo por Internet.
Si quieres sumarte al manifiesto:
PetitionOnLine: En defensa de los derechos fundamentales en internet
El Tribunal Europeo de Justicia esta mañana dictaminó que no pueden obligar a los proveedores de servicios Internet (ISP) el filtrado de contenido infractor de derechos de autor.
Este caso tiene su origen en una disputa entre el ISP Scarlet y SABAM, una empresa de gestión belga responsable de autorizar la utilización por terceros de las obras musicales de autores, compositores y editores. En 2004, el grupo de los titulares de derechos afirmó que los usuarios de los servicios de Scarlet descargan obras musicales de su catálogo a través de peer-to-peer (P2P) para compartir archivos de redes.
La Corte de Belga de Primera Instancia condenó a Scarlet, so pena de una multa coercitiva, para que pusiera fin a la violación de copyright, lo que hace imposible que sus clientes puedan enviar o recibir archivos de cualquier forma electrónica – un filtro, en otras palabras. Scarlet apeló la decisión, alegando que la decisión es incompatible con la legislación comunitaria, así como la Directiva sobre comercio electrónico.
De hecho, la ley de la UE dice que las autoridades nacionales no deben adoptar las medidas que sería necesarias para un ISP con la finalidad de llevar a cabo la supervisión general – y mucho menos el filtrado – de la información que se transmite en la red.
Por lo tanto, el máximo tribunal de Europa, resolvió lo siguiente:
La Corte considera que, al adoptar la medida cautelar que requiere Scarlet para instalar un sistema de filtrado, el órgano jurisdiccional nacional no se respeta el requisito de que un justo equilibrio que debe lograrse entre el derecho de propiedad intelectual, por un lado, y la libertad para llevar a cabo negocios, el derecho a la protección de datos personales y el derecho de recibir o comunicar informaciones, por el otro.
En consecuencia, la respuesta del Tribunal es que la ley de la UE se opone a una orden judicial contra un proveedor de servicios de internet que lo requieran para instalar un sistema para filtrar todas las comunicaciones electrónicas que pasan a través de sus servicios, que se aplican indiscriminadamente a todos sus clientes, como medida preventiva, exclusivamente a su cargo , y por un período ilimitado.El Tribunal Europeo de Justicia dijo que el sistema de filtración también serían responsables de infringir los derechos fundamentales de los clientes de un ISP, es decir, su derecho a la protección de sus datos personales y su derecho a recibir y difundir información.
El tribunal también dijo que si bien los derechos de propiedad intelectual consagrados en las normas de la UE, no hay «nada en absoluto en la redacción de la Carta ni en la jurisprudencia del Tribunal de la ley que sugiera que ese derecho es inviolable y debe por ello ser absolutamente protegido».
El sentido común, en realidad, pero siempre es bueno ver a un tribunal de acuerdo con ella.
Fuente: TC