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Archivo diario: 2006/05/09

El timo al que le faltaba la estampita (filatelia)

Un juzgado condena a cinco años de prisión a dos administradores de Caixa General Filatèlica de Catalunya. Los estafadores vendieron a los ahorradores productos financieros de alta rentabilidad garantizados con sellos que jamás adquirieron

Denis I. quería asegurarse que podría sufragar unos buenos estudios para sus hijos. Ángel E. pretendía que su mujer disfrutara de una holgada jubilación. A Maria del Carmen S. le movía la posibilidad de liquidar una hipoteca familiar. Para cumplir sus expectativas, todos ellos invirtieron sus ahorros en Caixa General Filatèlica de Catalunya i Balears. Fueron engañados y se convirtieron en víctimas de una «enorme ficción, perfectamente planeada y ejecutada».

El Juzgado de lo Penal número 3 de Barcelona ha condenado a cinco años de prisión a Julio Esquina Castillo y José María Guitart Hernández, administradores de la Caixa General Filatèlica de Catalunya i Balears, por un delito de estafa. Se les responsabiliza de engañar a inversores que depositaron miles de euros en la entidad y no percibieron la remuneración pactada al finalizar su contrato. Si se confirma la resolución judicial, que todavía puede ser recurrida ante la Audiencia de Barcelona, los imputados deberán ingresar en la cárcel.

La sentencia relata que, entre 1978 y 1983, la Caixa General Filatèlica ofertó un producto denominado «Contrato de abono filatélico», cuya duración oscilaba entre los 10 y los 15 años. El contrato consistía en que mediante una cuota de cantidad variable, el abonado invertía en sellos y valores filatélicos que la entidad afirmaba adquirir y que anualmente se adjudicaban al inversor.

Promesas del 40%

En una nota informativa, la caja filatélica exponía un ejemplo claro sobre cuál era el funcionamiento de la inversión. Con una cuota de 100.000 pesetas de entonces (601,1 euros) durante 12 años, suponiendo una revalorización media anual de un 40%, el cliente podría conseguir 8.354.086 pesetas (20.158,46 euros) a la finalización del contrato o, si lo deseaba, una renta vitalicia anual de 1.002.490 pesetas (6.025,09 euros).

El contrato de abono se reflejaba en una libreta –similar a la que utilizan las entidades bancarias– en la que constaban las condiciones y una tabla de revalorización que mostraba unos intereses oscilantes entre un 20% y un 50%, no especificando la posibilidad de aumentos inferiores o de un eventual decrecimiento del valor de los sellos.

En una cláusula del contrato suscrito sí se precisaba que los inversores, al finalizar el periodo pactado, podían optar por recibir los sellos, solicitar la venta de los mismos o convertirlos en una renta vitalicia, según decidieran.

La sentencia acredita que los acusados no adquirían en el momento de la formalización de los contratos los sellos ni los valores que se iban reflejando en las certificaciones remitidas por la entidad a los abonados. Pese al monumental timo, no había, como demostró el juicio, estampita. En 1984, los imputados abandonaron la gestión de la caja filatélica, dejándola sin otra actividad que el cobro de las cuotas y la emisión de los recibos y certificados.

A partir de 1992, cuando empezaron a vencer los plazos de los contratos, se descubrió el pastel y el «enorme globo de humo», como lo califica el juez, se fue desinflando. La mayoría de los inversores no percibieron cantidad alguna, ni sellos, ni valores filatélicos. Los que tuvieron mejor suerte recibieron sellos con un valor inferior al 10% de la inversión o sin valor, o cantidades menores a las acordadas.

La entidad, detalla la sentencia, «prometía a quienes decidieran contratar los denominados abonos filatélicos unos rendimientos imposibles de obtener». El juez concede a cada uno de la treintena de perjudicados que decidieron reclamar una indemnización de entre 304 euros y 37.215 euros.

Fuente: El Periódico de Catalunya

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