Reportaje emitido por Antena 3 sobre el hurto en los grandes centros comerciales. Explican algunas de las técnicas más habituales como un bolso forrado de aluminio o un imán que libera las alarmas. Existe otro vídeo relacionado pero es sobre el hurto en pequeños locales: wms.antena3tv.com:81/a3tv2004/yo_mango3.wmv
Fuente: http://meneame.net/shakeit.php?page=2
El proyecto de reforma del Código Penal (CP) levanta ampollas en la comunidad hacker, por la criminalización sin condiciones del acceso no autorizado a sistemas informáticos. El texto, publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, destaca porque usa por primera vez la palabra hacker, pasando por delante del Diccionario de la Real Academia, aunque no la define.
La propuesta avisa contra «las intrincadas vías tecnológicas que permiten violar la privacidad o reserva de datos contenidos en sistemas informáticos» y afirma: «Esta preocupante laguna, que pueden aprovechar los llamados hackers, ha aconsejado incorporar al artículo 197 un nuevo apartado». Este apartado propone hasta dos años de prisión para quien acceda sin autorización a «datos o programas informáticos contenidos en un sistema informático o en parte del mismo», siguiendo la Decisión Marco 2005/222/JAI de la UE, que dice: «Al menos en los casos que no sean de menor gravedad», coletilla que obvia el proyecto español.
Esto ha provocado el revuelo de la comunidad hacker, que defiende que no todas las intrusiones son destructivas. Los hay que entran por curiosidad y, si descubren agujeros, lo comunican o lo arreglan. Hasta ahora, el CP les castigaba sólo si provocaban daños o robaban datos.
También amplía el artículo 264 que, además de penar la destrucción de datos o programas, castiga ahora con hasta tres años de prisión a quien «sin estar autorizado y de manera grave obstaculizara o interrumpiera el funcionamiento de un sistema informático ajeno».
El proyecto entra ahora en fase de enmiendas, para su discusión en el Congreso, a partir de febrero.
CONGRESO: www.congreso. es/public_oficiales/L8/CONG/BOCG/A/A_119-01.PDF
Fuente: ElPais.es
La Justicia colombiana ha condenado a un año y medio de prisión a una mujer que hacía implantes en senos con grasa de cordero, lo que ha ocasionado graves daños a una de sus «pacientes». La farsante casi provoca la muerte de la su ‘a la postre’ demandante, según los medios locales.
El juzgado séptimo penal del puerto caribeño de Barranquilla, en el norte del país, condenó a Maritza Gómez Alvarez, quien prometía a sus clientas «realzar y embellecer su busto», según publican medios locales.
La demanda contra Gómez Alvarez la presentó Lina Garizao Henao, quien en noviembre de 1998 y junio de 1999 se sometió al «tratamiento» de grasa de cordero con la presunta especialista.
Colombia, desgraciados precedentes
En Colombia son habituales los casos en los que varias mujeres se han sometido a implantes en los glúteos con inyecciones de aceite para cocinar o parafina, con graves consecuencias para su salud.
La afectada comenzó a sufrir excesivos dolores y molestias en los senos y tras consultar a varios médicos especialistas, estos le extirparon las glándulas mamarias, por los daños ocasionados por la grasa de cordero, que empezaba a afectar su salud en general.
La decisión judicial, según las fuentes, se basó en las consideraciones de dos especialistas quienes extirparon las glándulas mamarias de la mujer por las múltiples deformaciones que sufrió.
Fuente: http://www.informativos.telecinco.es
-Se hace usted cargo de un organismo encargado de velar por derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos. Se presume una tarea laboriosa.
-El tema de la protección de datos afecta de un modo importante a la sociedad con temas que son además muy sensibles: privacidad, honor, creencias, ideología. Pero el mayor problema al que se enfrenta el mundo del derecho y especialmente el de la protección de datos es la revolución tecnológica a la que asistimos a un ritmo vertiginoso y brutal. Y por ello la respuesta, la capacidad de reacción que debemos dar debe estar en consonancia porque están en riesgo derechos fundamentales como el de la privacidad, el del honor, a la protección de datos, muy sensibles como decía.
-Respecto a las creencias, ¿tiene derecho el movimiento que impulsa la apostasía desde Valencia a que sus datos desaparezcan de los registros de la Iglesia?
-Eso es un tema que está resuelto y sobre el que no hay duda. Más allá de todas las implicaciones o consideraciones de carácter religioso que tiene el tema de la apostasía existe el derecho de los ciudadanos. No puede haber fichero o registro que no respete derechos que son fundamentales porque lo dice la Constitución. Si existe un registro parroquial de partidas de bautismo, el ordenamiento es claro y si cualquier persona quiere dejar de aparecer en él tiene todo el derecho a la supresión de sus datos. Y es la Agencia de Protección de Datos la que vela y garantiza que ese derecho se cumpla.
-Pero el arzobispado de Valencia ha recurrido decisiones tomadas por la Agencia de Protección de Datos ante la Audiencia Nacional. ¿Qué solución puede haber?
-En ese caso la Agencia tiene que garantizar el derecho y debe de ordenar que así sea e incluso puede imponer sanciones al responsable o encargado de los ficheros.
-¿Sanciones económicas?
-Sí y las más graves pueden llegar hasta los 600.000 euros. Lo de la apostasía está claro, el derecho ampara a suprimir los datos de un fichero a quien no quiera aparecer.
-Otro ámbito sensible es el de la salud. ¿Se cuida bien nuestra privacidad en este ámbito?
– Efectivamente es otro tema muy sensible. Asistimos en ocasiones a noticias que informan de la aparición por ejemplo en contenedores o en la calle de datos que son absolutamente privados, a casos en los que ha habido utilización del nombre del paciente o de historiales clínicos. Aquí la Administración debe ser muy rigurosa tanto como en los casos ya referidos como de creencias o ideologías.
-Hace unas semanas se aprobó una instrucción para el control de la videovigilancia. ¿Son legales las cámaras en la calle o en las grandes superficies?
-Las cámaras o videocámaras son elementos de grabación y uso de datos personales. Su presencia es legal pero con condiciones. Es decir, la persona que transita por la calle y que en ese momento es grabada por una cámara debe saber que está siendo grabada porque afecta a sus derechos. Por eso hay condiciones para que la videovigilancia se ejerza de forma razonable. Se ha regulado que las imágenes grabadas por este tipo de medios deban ser destruidas antes de un mes. Y las comunidades de vecinos o las grandes superficies no deben de instalar las cámaras de cualquier manera. Deben ser visibles y además la persona que está siendo grabada debe saberlo.
-Pero eso la mayoría de las veces no se produce.
-Ocurre porque los ciudadanos en general aceptan agresiones a sus derechos, aceptan una cierta restricción a cambio de tener, por ejemplo, una mayor seguridad en espacios públicos.
-Es decir que falta concienciación ante determinados abusos.
-Falta mucho en ese campo de la concienciación. Repito que se aceptan sin más agresiones a derechos. Estamos en la sociedad de la información y la comunicación y hay que tener mucho cuidado. En 2005 se impusieron 21 millones de euros en sanciones por vulneración de derechos sobre privacidad.
-¿Es homologable la salud de la protección de datos en Españarespecto a Europa?
-Perfectamente. En términos comparativos estamos tan bien o mejor que la media de los países europeos. Nuestra ley orgánica de protección de datos de 1992 es muy válida.
Fuente: [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]
Una mujer de 50 años ha sido detenida al ejercer de sicóloga y sexóloga sin tener titulación, informó hoy la Jefatura Superior de Policía de Canarias, que detalla que fue contratada por el Ayuntamiento de la capital grancanaria para dar cursos. La detenida no tiene antecedentes penales y fue identificada como María Victoria B.N., de nacionalidad brasileña y nacionalizada española. Agentes de la Policía Nacional comenzaron a investigar en mayo a la detenida, que se anunciaba en medios de comunicación de alcance nacional como sicóloga y sexóloga, además de como especialista de la hinopsis y de las terapias regresivas. La mujer cobraba por sus servicios ofrecidos sin titulación en un despacho de la capital grancanaria, explica. Además, la supuesta sicóloga había impartido cursos para diversos organismos oficiales como el Instituto Municipal para el Empleo y la Formación del Ayuntamiento de la capital grancanaria, lo que aprovechaba para «enganchar a sus clientes y, una vez terminado el seminario, continuaran su terapia en su consulta. Una vez recopiladas las pruebas, los agentes instruyeron las diligencias pertinentes y pusieron a la detenida a disposición judicial.
Fuente: [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]