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Archivo diario: 2009/11/13

El Código Penal se endurece para la corrupción y los delitos sexuales

El Gobierno ha aprobado hoy un proyecto de reforma del Código Penal que tipifica por primera vez la corrupción entre particulares y eleva las penas para los delincuentes sexuales, para quienes se prevé «un largo periodo» de libertad vigilada tras cumplir condena, medida también aplicable a los terroristas.

El nuevo Código Penal es, en lo esencial, el mismo que aprobó hace ahora un año el Consejo de Ministros cuando el titular de Justicia era Mariano Fernández Bermejo.

Así lo ha anunciado, en la rueda posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, que ha añadido que la reforma responde a la intención del Gobierno de ser «implacable en la lucha contra la corrupción» y dar respuesta al debate social sobre el tratamiento a los delincuentes sexuales y la protección de los menores.

Nuevos delitos

El proyecto de ley aprobado hoy introduce además el delito de piratería «para dar respuesta a actos ilícitos contra la navegación marítima y aérea» como el que está sufriendo el atunero español Alakrana, secuestrado por piratas somalíes en el Índico, aunque no será aplicable ni a este caso ni a todos los que se produzcan antes de que entre en vigor de la reforma.

Otros delitos tipificados en el nuevo texto son la captación de menores para espectáculos pornográficos; las labores de captación, adoctrinamiento, adiestramiento y cualquier forma de financiación del terrorismo; el acoso laboral e inmobiliario, los sobornos y fraudes en el deporte, los ataques informáticos y el tráfico ilegal de órganos.

También, por primera vez se prevé una sanción penal para el cliente de la prostitución cuando la relación sexual se practique con menores o con personas que no puedan decidir por sí mismas.

Los ‘manteros’ podrán no ir a la cárcel

El nuevo Código Penal incluirá la posibilidad de que los vendedores de CDs piratas o manteros, que ahora son castigados con una multa y una pena de prisión de 6 meses a dos años, eviten la cárcel. Así, la pena se reducirá a una multa o a trabajos en beneficio de la comunidad atendiendo a las circunstancias personales del mantero y cuando la distribución sea al por menor y la ganancia económica baja.

Medio ambiente

Con la entrada en vigor de la reforma, el traslado ilegal de residuos, la explotación de instalaciones en las que se realice una actividad peligrosa y la destrucción de grave alteración del hábitat por la caza o la pesca de especies amenazadas se considerarán delito.

Fuente: [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]

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