Esta es una noticia extraña, por cuanto lo normal en Colombia es que se viole impunemente el caracter laico del estado.
Por eso hay que reconocer que, sabia y adecuadamente, la Corte Constitucional protegió el laicismo establecido en la Constitución, al señalar que los servidores públicos no pueden meter sus creencias personales en sus actuaciones públicas:
La Corte Constitucional ordenó a las autoridades judiciales colombianas respetar «el principio de laicidad» y prohibió que con sus decisiones se promuevan determinadas religiones.
La orden del alto tribunal se produjo a raíz de una cita bíblica contenida en algunas providencias del Juzgado Trece Laboral del Circuito del Plan Piloto de Oralidad de Cali, que contienen la siguiente expresión: «Tratándose de la justicia, no favorecerás ni siquiera al pobre. Éxodo 23:3».
La Corte Constitucional señaló que dicha cita es inadmisible en un documento suscrito por una autoridad pública e instó a dicho tribunal para que, en el futuro, se abstenga de incluir en sus providencias citas ajenas a los aspectos netamente judiciales.
Fuente: DE AVANZADA
Ovidio cuenta en «Las metamorfosis» la historia de un orfebre chipriota llamado Pigmalión que esculpe en marfil una estatua de mujer tan realista y bella que se enamora de ella. Con motivo de la festividad de Venus, Pigmalión hace una ofrenda a la diosa rogándole que dé vida a su estatua. La diosa concede el deseo y Pigmalión y la que era su estatua se casan.