La manera de detectar a personas de alto riesgo suicida podría cambiar radicalmente con un nuevo y simple test sanguíneo, gracias a los resultados que han obtenido los investigadores del Johns Hopkins University, que han sido publicados en The American Journal of Psychiatry.
Los investigadores se centraron en un gen denominado SKA2. Tomaron muestras de cerebros de personas difuntas, algunas de las cuales estaban mentalmente enfermas, y encontraron que aquéllos que se suicidaron presentaban una reducción en la expresión de ese gen; es decir, a menor actividad de SKA2, mayor probabilidad de suicidio.
Esto puede explicarse conociendo la importante función de ese gen en el cerebro. SKA2 se expresa en la parte más anterior de nuestro cerebro, en la corteza prefrontal, que tiene un importante papel a la hora de inhibir pensamientos negativos y controlar comportamientos impulsivos. Además, interviene en la respuesta de nuestro cuerpo ante situaciones de estrés.
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Tan solo se menciona la ciencia en tres ocasiones en la Constitución Española de 1978: 1) El Art. 20.1.b CE reconoce y protege los derechos a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica; es decir, este apartado aglutina los derechos relacionados con la propiedad intelectual; 2) El Art. 44.2 CE proclama que Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general, al enumerar los principios rectores de la política social y económica; y 3) El Art. 149.1.15º la incluye entre las materias que son competencia exclusiva del Estado: fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.
A tenor de estos artículos, podríamos deducir que, individualmente, la creación científica es un derecho fundamental de todos los españoles; pero, colectivamente, no se puede hablar de que exista un derecho a la ciencia –así, en abstracto– porque, como ya sabemos, el Art. 44 CE –al igual que sucede con el acceso a la cultura, la conservación del patrimonio, el fomento del deporte, la participación de la juventud o los derechos a disfrutar de una vivienda digna o a un medioambiente adecuado– no son verdaderos derechos sino directrices que deben orientar las políticas públicas; de ahí que el constituyente los regule entre los principios rectores de la política social y económica y no entre los derechos fundamentales y libertades públicas (como sí sucede con el Art. 20 CE).
Fuente: Anécdotas y curiosidades jurídicas | iustopía
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Un estudio multidisciplinario sobre la gran historia de las migraciones culturales concluye que, a pesar de la dependencia de las artes en el dinero, los centros culturales y los centros económicos no siempre coinciden.
Los autores de este trabajo hallaron también que el tamaño de la población de un lugar no necesariamente apunta a su atractivo cultural.
La cuantificación y la transformación de la historia de la cultura en una representación visual no es fácil, puesto que hay miles de historias individuales a través de miles de años a tener en cuenta y algunas condiciones históricas son casi imposibles de medir.
Para abordar este desafío, el doctor Maximilian Schich, profesor asociado de Artes y Tecnología en la Universidad de Texas en Dallas, Estados Unidos, reunió a un equipo de científicos para crear y cuantificar una gran imagen de la historia cultural de Europa y América del Norte.
Fuente: Discover