Importe y conceptos de las tasas:
Procesos civiles
Procesos contenciosos-administrativos
Procesos de orden social
Además hay que añadir otra cantidad variable que se calcula en función de la cuantía del proceso y que es del 0,5% hasta un millón de euros y del 0,25% en la cuantía que exceda del primer millón con el tope máximo de 10000 euros a pagar por cada tasa liquidada.
Están exentos del pago de tasas los demandantes de justicia gratuita, las administraciones públicas y los poderes del Estado. Además, los trabajadores que inicien procesos en el ámbito social (laboral) gozan de una exención del 60%. También hay una bonificación del 10% de la tasa cuando el pago se realice por medios telemáticos.
Los procedimientos monitorios y los juicios verbales por reclamaciones inferiores a dos mil euros están exentos del pago de la tasa, exención que no se aplicará cuando la pretensión del cobro se fundamente en documentos de carácter ejecutivo extrajudicial según el art. 517 de la L.E.C.
Si a lo largo del proceso llegamos a un acuerdo con la otra parte, nos devuelven el 60% de la tasa pagada.