Visitar la bitácora EN OCASIONES VEO REOS y leer o releer el post titulado «Diez circunstancias que agravan la corrupción española«, que, resumiendo, versa sobre la anticuada, inadecuada y deficiente maquinaria de la Justicia del Estado español.
Entre las circunstancias que relaciona la autora del texto hay nueve detalles que cabe calificar de taras que merecen especial atención, ademas de generar inquietud:
1. Sólo en España y en otro de los 47 Estados miembros del Consejo de Europa
el instructor o director de un procedimiento (incluidas las investigaciones, lógicamente) sigue siendo un juez, no un fiscal;
2. La plantilla de la Justicia española es escasa, prueba de ello es que ocupa el puesto 37º de Europa en cuanto al
número de habitantes por juez;
3. Los funcionarios de Justicia carecen prácticamente de
derechos laborales;
4. Los
medios materiales de la Justicia española son precarios, sobre todo en cuanto a equipos informáticos y comunicaciones telemáticas;
5. En el procedimiento penal español no esta prevista la
conformidad;
6. El principio de jerarquía que impera en el ministerio público (hay criterios que merecen el calificativo de medievales) dificulta, emponzoña e incluso llega a impedir el trabajo de los fiscales;
7. Las penas previstas en España para los
delitos económicos (incluidos los fiscales) son irrisorias en comparación con la mayoría de las legislaciones de la Unión Europea;
8. El delito de
prevaricación tampoco está penado con la mínima contundencia exigible (además, en el ámbito de la Justicia es prácticamente imposible que un juez sea procesado y mucho menos condenado por prevaricación); y
9. Las
purgas de funcionarios «molestos» en la Administración de Justicia son numerosas y se realizan con la impunidad prácticamente garantizada.
En fin, el
caso Bárcenas y también
el despido del fiscal Frago (¡para nada pretendo equiparar uno y otro episodio!) aconsejan pulsar y leer
«Diez circunstancias que agravan la corrupción española«.
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