La Corte Constitucional se declaró inhibida para estudiar la demanda interpuesta en contra de la ley 1442 de 2012 que penaliza las expresiones racistas y discrminatorias en contra de las minorías sociales.
El alto tribunal argumentó que la acción que no fue presentada con argumentos fuertes y contundentes por lo que dejó en firme la ley.
Y es peor de lo que podría parecer a simple vista. No sólo se está legitimando la censura, sino que además establece una clara discriminación: sólo las expresiones dirigidas contra las minorías serían penalizadas. O sea que lo que es delito para uno, no lo es para otro.Individuos de una minoría podrían utilizar expresiones racistas contra miembros de la mayoría y no estarían cometiendo ningún delito. ¿Y qué pasa cuando el autor de una expresión racista pertenezca a la minoría ofendida?
No sé cómo alguien (¡y menos un magistrado!) puede estar a favor de que los delitos sean en función de la pertenencia a determinado grupo social. ¿No es esa labase del racismo? Un delito existe por la comisión de una acción objetivamente punible, tipificada en el código penal – no dependiendo de quién la cometa.
Lamento decir que la jurisprudencia de la Corte es coherente en ese sentido: censora, promotora de lo políticamente correcto y defensora del privilegio religioso.
Y si no hay libertad de expresión para el discurso del odio, no lo hay para nada. ¿Qué sigue, delitos de pensamiento?
Fuente: DE AVANZADA
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