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Creative Commons reconocida por un juez

Donde un juez deja claro que las licencias CC son válidas y que la SGAE no puede cobrar por las obras acogidas a ellas.


Creative Commons es una buena idea, es una forma de que los autores de cualquier cosa (incluido este blog) dejen claro cuales consideran sus derechos sobre la obra y cuales están dispuestos a ceder. Y desde hace unos días permite, como efecto colate

Donde un juez deja claro que las licencias CC son válidas y que la SGAE no puede cobrar por las obras acogidas a ellas.

Creative Commons es una buena idea, es una forma de que los autores de cualquier cosa (incluido este blog) dejen claro cuales consideran sus derechos sobre la obra y cuales están dispuestos a ceder. Y desde hace unos días permite, como efecto colateral, que la SGAE no llene sus arcas a lo buitre, recaudando sobre lo que no es suyo. El problema era que las licencias CC podían no ser reconocidas por los jueces en caso de conflicto de intereses.

Este conflicto se produjo cuando la Sociedad General de Autores y Editores demandó al propietario de un bar de Badajoz solicitándole el pago de algo más de 4800 euros en concepto de derechos de autor por la música que ponía en su local.

Que en dicho bar se reprodujera o tocara música bajo licencia Creative Commons le daba igual. El hecho de que la sociedad no gestione este tipo de obras tampoco le importaba nada. La SGAE llegó a contratar a personas para grabar dentro del local la música que se ponía (¿no sería esto una grabación pirata?). Pero la racionalidad se impuso a través del juez de primera instancia del juzgado 6 de Badajoz que absolvió al demandado y condenó a la SGAE a pagar las costas del juicio.

En el estado actual de las cosas, y al no recurrir la SGAE, la sentencia es firme y según algunos medios de comunicación sienta jurisprudencia (yo esto no lo tengo claro).

La noticia original se reprodujo en diversos diarios pero siempre es mejor leer la sentencia, disponible en Derecho en Internet (bajo licencia Creative Commons).

La sentencia se basa en que la SGAE acusa al propietario del bar de poner música gestionada por ellos. A pesar de contratar a detectives privados para realizar grabaciones no fueron capaces de concretar la acusación mencionando expresamente alguna obra o autor. Por su parte el demandado demostró su capacidad técnica para descargar música bajo licencia CC y aportó testigos de que lo hacía sistemáticamente para reproducirla. Y el juez reconció que la música bajo licencia CC no está gestionada por la SGAE ni, en consecuencia, se le debe nada a esta sociedad.

La validez jurídica de las licencias CC es así reconocida legalmente, parece ser que por primera vez en un país europeo.

Lamentablemente, el canon sobre los medios de reproducción y los soportes de grabación sigue igual apoyado en falacias que cualquier alumno de instituto desmontaría en un minuto. No ocurre así con nuestros legisladores, que siguen en su plano astral particular, sin enterarse de lo que pasa en la realidad.

Fuente: Golem Blog
Bajo licencia Creative Commons

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