Las macabras consecuencias del fundamentalismo religioso y sus reiteradas manifestaciones en la vida cotidiana son un fuerte motivador para el ejercicio activo y velado del escepticismo.
Para vergüenza de la humanidad, cual epítome de la barbarie intelectual, horrorizados nos enteramos de otro caso más en que el sostenimiento dogmático de ideas absurdas sustentó actos absurdos que conllevaron un innecesario e injustificado sufrimiento, tortura y muerte de un inocente; cual Edad Media, carbonizando vivo en una pira a un bebé varón con dos días de nacido.
Una pareja cristiana fundamentalista residente en EE.UU. que confió en las oraciones, no en la medicina, para curar a su agonizante hijo de dos años fue declarada culpable de homicidio involuntario y negligencia.
Herbert y Catherine Schaible, de Filadelfia, se enfrentan a una condena de más de diez años de prisión por la muerte por neumonía de su hijo Kent en enero de 2009.
«Fuimos cuidadosos de asegurar que no pusiéramos en juicio su religión, sino de responsabilizarlos por su conducta», dijo a The Associated Press el presidente del jurado Vince Bertolini, de 49 años. «Cuando menos, fueron responsables de negligencia grave, y (por consiguiente) de homicidio involuntario», señaló. Los Schaible, quienes tienen otros seis hijos, se negaron a hacer comentarios mientras salían del palacio de justicia para esperar ser sentenciados el dos de febrero.
Expertos indican que cerca de una docena de niños estadounidenses mueren cada año por casos similares de curación a través de la fe. Una pareja de Oregón fue sentenciada este año a 16 meses de prisión por homicidio por negligencia en la muerte de su hijo adolescente, quien padecía una obstrucción urinaria no diagnosticada.
Kent Schaible sufría síntomas que incluían tos, congestión, irritabilidad y pérdida de apetito, aunque sus padres dijeron que comió y bebió hasta su último día de vida, por lo que pensaron que se estaba recuperando.
Herbert Schaible, de 42 años, es maestro en una escuela afiliada a su iglesia, First Century Gospel Church. Su esposa, de 41 años, fue maestra en la misma escuela, pero ahora se queda en casa a cuidar a sus otros hijos, que van desde un bebé a adolescentes.
Fuente: terra
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Enlaces sobre religiones:
– Religiones: una visión escéptica
Los fiscales en materia de seguridad vial podrán acusar de delito de homicidio o lesiones imprudentes a un conductor, en caso de accidente en el que fallezcan menores o resulten lesionados por no tener puesto el cinturón de seguridad o carecer de algún elemento de retención.
También podrá imputarse un delito de «homicidio y lesiones imprudentes» a los conductores en caso de accidente mortal si se comprueba que el vehículo tenía los frenos o neumáticos deteriorados. Éstas son algunas de las conclusiones a las que han llegado unos 50 fiscales que han participado este lunes y martes en las Jornadas Anuales de Fiscales de Seguridad Vial en Santiago de Compostela.
Entre los puntos más destacables, el fiscal coordinador, Bartolomé Varga, ha aludido a la protección de los colectivos «más débiles», entre los que se incluyen a personas discapacitadas, ancianos, ciclistas, motoristas y, especialmente, los menores. Ha indicado que es responsabilidad del conductor poner el cinturón de seguridad a los menores que viajen en vehículo porque, ha justificado Vargas, el niño está en una «absoluta indefensión» y no tiene consciencia de la importancia de este sistema de seguridad.
Ha precisado que las medidas penales se aplicarán como «último recurso» y ha añadido que el caso se remitirá a la Fiscal de la Sala Coordinadora de Menores cuando se trate de personas unidas al menor por vínculos parentales o desempeñe funciones de tutor.
El fiscal ha lamentado que más de la mitad de los menores fallecidos en accidentes de tráfico en España en 2008 carecían del cinto de seguridad y concretó que de los 76 niños perecidos el año pasado en las carreteras españolas, 40 no llevaban sistemas de retención o protección.
Para evitar la muerte de menores en las vías, Vargas ha defendido la aplicación de acciones formativas y educativas entre los conductores, continuar con las campañas publicitarias de la Dirección General de Tráfico o imponer sanciones administrativas específicas.
Fuente: 20Minutos.es
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Enlaces relacionados:
– Apuntes Derecho Penal II. Capitulo 1. Licenciatura Criminología. UMU
– La web de Maco048. Noticias: homicidios
– Criminología III. Psicópatas y asesinos en serie. Licenciatura Criminología. UMU
El cirujano que operó de una liposucción a la esposa del que fuera presidente de la República de Nigeria, Stella Iubayelea Obasanjo, ha sido condenado a un año de prisión y tres de inhabilitación para el ejercicio de la medicina por la muerte de su paciente el 23 de octubre de 2005.
En la sentencia, el Juzgado de lo Penal número 6 condena asimismo al médico a que indemnice, de forma solidaria con su aseguradora, en 120.000 euros al hijo de la fallecida, y rechaza la petición de la acusación particular de que deba indemnizar al Gobierno de la República de Nigeria.
El médico que intervino a la víctima, A.M.M., sin antecedentes penales, ha sido condenado como responsable de un delito de homicidio por imprudencia.
En los fundamentos de derecho se califica el comportamiento del cirujano de «descuidado y de abandono», no solo por el resultado (la muerte), sino «por la cantidad y calidad de los errores y omisiones que finalmente se han detectado en su actuación».
Dejación de funciones
El acusado, añade, «faltó de manera seria y gravemente imprudente a su deber de cuidado en lo que a dejación de sus funciones médicas se refiere», pues era el encargado de vigilar a su paciente.
La pérdida de sangre y las heridas internas que sufrió la paciente «se podrían haber reparado sin problema», pero para ello «se hubieran debido advertir a tiempo», indica la resolución.
La entonces primera dama, que falleció con 59 años, y padecía hipertensión, asma bronquial y a la que años atrás se le había practicado una cesárea, acudió por primera vez a la clínica Molding Clinic de Marbella el 31 de agosto de 2005 para someterse a una operación de cirugía estética, donde fue atendida por el acusado.
El médico la citó para el 20 de octubre de 2005, donde tras un último examen médico la consideró «idónea para la operación citada», por lo que fue convocada para que compareciera en la clínica el día siguiente, donde se le practicó una lipoescultura ultrasónica de abdomen, epigastrio, dorsal, cuello y flancos, señala la sentencia.
Durante la intervención, la cánula que extraía la grasa del cuerpo de la paciente fue introducida por error en la cavidad abdominal, donde sufrió incisiones en el hígado, además de un desgarro y cuatro punciones en el colon.
Postoperatorio fatal
Durante el postoperatorio, la primera dama sufrió la pérdida de abundante sangre, bajada de tensión y su estado se deterioró «de forma clara y evidente» a partir de las 22 horas del 22 de octubre, pero no fue trasladada hasta la Clínica USP de Marbella, que cuenta con una UCI, de la que carecía la Molding Clinic, hasta las 02.40 horas del día 23.
La paciente fue trasladada en el vehículo particular del cirujano a la otra clínica, adonde llegó en situación crítica, y donde falleció a las 03.45 horas.
Los informes forenses revelaron que la muerte se produjo por un choque séptico e hipovolémico y que la causa fundamental del fallecimiento fue la perforación de colon y laceración hepática.
Sobre el traslado de la paciente en el asiento trasero del coche del médico, en los fundamentos de derecho se señala que el doctor no explicó la razón para ello, pues un vehículo particular «-incluso para un lego en la medicina- no está indicado «para el traslado de una persona moribunda».
Fuente: 20Minutos.es
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El DAS responsabiliza a John Jairo Sabalza Cabezas, conocido también como ‘el Brujo’, un radiotécnico que se ganaba la vida de pueblo en pueblo.
Velas encendidas alrededor de una silla y el testimonio de una joven que se había sometido a un ritual para la buena suerte, son las principales pistas de las autoridades para esclarecer los crímenes de tres mujeres en Cartagena.
Todo indica que aprovechando su supuesta habilidad, Sabalza suministró bebedizos a las mujeres que acudieron a él y luego aparecieron muertas.
Consuelo Alpist Álvarez, de 38 años, y su sobrina Telma María Fuentes Alpist, de 26, resultaron ser las primeras interesadas en sus rezos. Sin embargo, la mañana del 18 de octubre murieron.
Los cadáveres de tía y sobrina aparecieron en el segundo piso de una casa del barrio Chiquinquirá de Cartagena.
Ese día, las autoridades solo lograron establecer, gracias a testigos, que «Consuelo y Telma visitaban al parasicólogo de ‘colita’ (cabello largo recogido)».
Un mes después, el 23 de noviembre, las autoridades encontraron el mismo ritual en otro homicidio y la señora Carmen Judith González, del barrio La Providencia fue la víctima. En la escena del crimen hallaron velas y una silla.
La hija de Judith contó al DAS que el síquico les dio un bebedizo para un ritual y ambas se quedaron dormidas. Cuando ella despertó su mamá estaba muerta.
La descripción física en ambos casos, así como varias pesquisas, condujeron a los detectives del DAS hasta una vivienda del barrio Paraíso (Turbaco). Allí capturaron a Jairo Sabalza, quien se hacía llamar John Jairo Henao.
Fuente: http://www.eltiempo.com