La ablación es un sangriento ritual de iniciación que sufren, según la Asociación de Mujeres Antimutilación, dos millones de niñas y adolescentes al año.
Esta tradición consiste en la extirpación total o parcial del clítoris y los genitales externos, y su efecto principal es la pérdida total de sensibilidad. Además, causa un verdadero trauma psicológico y es fuente de infecciones que, en muchas ocasiones, pueden ser mortales.
En el departamento de Derecho Penal y Criminología de la UNED se realiza, desde el año 2007, una investigación que estudia la mutilación genital femenina en España desde un punto de vista jurídico y criminológico.
Fuente: Blog UNED tve2
___________________
Enlaces relacionados:
El 25 de Noviembre fue declarado Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la mujer (DIEVCM) en el 1er encuentro feminista de Latinoamérica y del Caribe celebrado en Bogotá (Colombia) en Julio de 1981.
Posteriormente, la ONU dio carácter oficial a esta fecha aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 50/134 el 17 de Diciembre de 1.999. La propuesta la realizó la República Dominicana con el apoyo de 60 países más para que se celebrara dicho día.
En este encuentro las mujeres denunciaron la violencia de género a nivel doméstico y la violación y el acoso sexual a nivel de estados incluyendo la tortura y los abusos sufridos por prisioneras políticas.
Se eligió el 25 de noviembre para conmemorar el macabro asesinato de las tres hermanas Mirabal (Patria, Minerva y María Teresa), tres activistas políticas dominicanas asesinadas el 25 de Noviembre de 1.960 a manos de la policía secreta del dictador Rafael Trujillo en la República Dominicana.
Sus cadáveres destrozados aparecieron en el fondo de un precipicio. Para el movimiento popular y feminista de la República Dominicana, históricamente estas mujeres han simbolizado la lucha y la resistencia.
Información completa en: POR ANTONOMASIA.NET
___________________
Enlaces de interés:
– La web de Maco048. Noticias violencia de género
– Asignatura Derecho Penal II. Licenciatura en Criminología. UMU
Enlaces relacionados:
– La web de Maco048. Noticias sobre violencia de género
– Asignatura Derecho Penal II. Licenciatura en Criminología. UMU
– Asignatura Victimologia. Licenciatura en Criminología. UMU
El catedrático de Filosofía Jurídica y Sociología Jurídica de la Universidad de Zaragoza, Manuel Calvo, ha asegurado hoy en Palma que «controlar» las llamadas o los mensajes, o inspeccionar el bolso o el monedero de una mujer, son casos de violencia sexista.
Calvo ha clasificado este tipo de actuaciones como «violencia opaca» porque no sale a la luz, con ocasión de la celebración del II Congreso Estatal sobre la Defensa de los Menores en las Crisis de Pareja.
El coordinador de laboratorio de Sociología Jurídica de la universidad zaragozana ha dicho que en muchas ámbitos sociales y culturales se justifica la violencia contra la mujer.
Agresiones a niños
En la ponencia que ha ofrecido se ha referido sobre todo a la violencia -de carácter psicológico o físico- que sufren los niños y que suele ser «invisible», de manera especial en el ámbito familiar.
Frases como «no es violencia, es disciplina» o «me pegó porque me lo merecía» deben considerarse como violencia contra los menores, ha advertido Calvo, que ha lamentado que estas agresiones psíquicas o físicas son consideradas «no graves», e incluso en ocasiones ni son percibidas por los servicios sociales.
Es más, tampoco son perseguidas por los órganos judiciales porque estas situaciones no son reconocidas como violencia, ha denunciado este profesor.
Muchas veces, los propios menores no son conscientes de padecer este tipo de agresiones. Como ejemplo, un estudio de campo realizado por Calvo en un colegio de Zaragoza desvela que, cuando se les pidió a alumnos de sexto de Primaria que dibujaran escenas violentas, siempre pintaban imágenes de guerra o de adultos con pistolas.
Según un informe de la ONU presentado ante la Asamblea General, en el mundo hay cerca de 135 millones de niños que son testigos de violencia doméstica, que mayoritariamente es causada por el padre y, en menor medida, por la madre.
Otro tipo de violencia «poco visible» es cuando los progenitores no garantizan a los menores su mínimo bienestar o cuando viven situaciones de desamparo.
En otro informe de un experto de la ONU citado por Calvo se llega a declarar que la familia es el ámbito «más peligroso» para la mujer y los niños en cuanto a agresiones se refiere.
Fuente: [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]
El delito por violencia de género se ha convertido en la tercera actividad delictiva que lleva a miles de hombres a prisión en España. Actualmente, hay 3.784 personas internadas en centros penitenciarios por esta causa, es decir el 5,7 por ciento de un total de 66.138 internos, según informó hoy la subdirectora general de Tratamiento y Gestión Penitenciaria, Concepción Yagüe.
En el marco del III Congreso del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, que se celebra en el Senado, la responsable de Instituciones Penitenciarias señaló que entre los motivos principales de estos presos por violencia machista destacan los malos tratos en un 34 por ciento de los casos, amenazas (14%) y por quebrantamiento de la pena o medida de alejamiento.
Noticia completa en: ep social
_______________
Enlaces relacionados:
– Violencia de género. Noticias. La web de Maco048
– Asignatura Derecho Penal II. Licenciatura en Criminología. UMU
– Víctimas especialmente vulnerables. La mujer maltratada. Licenciatura en Criminología. UMU
La inversión del Gobierno para luchar contra la violencia de género ascendió a 256 millones de euros en 2008, una cantidad que sirvió para financiar programas de asistencia social e integral a las víctimas, la puesta en marcha del teléfono gratuito de asesoramiento jurídico 016, teleasistencia móvil, medidas de protección integral, unidades de coordinación y de violencia sobre la mujer, Plan de vivienda 2005-2008 o el de renta activa de reinserción, entre otros servicios.
En una respuesta parlamentaria, que recoge Europa Press, el Ejecutivo explica que el desarrollo de la Ley para la Violencia de género requiere de la intervención conjunta de todas las administraciones públicas implicadas, es decir, de la Administración General del Estado y las comunidades autónomas.
Así, para el Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de género 2007-2008, que contempla la promoción de proyectos autonómicos y locales innovadoras que garanticen la asistencia social de las maltratadas discapacitadas, rurales, menores e inmigrantes, el Gobierno promocionó subvenciones públicas por valor de algo más de 5,8 millones de euros, en régimen de concurrencia competitiva.
Una cifra similar (5,8 millones) invirtió el Gobierno para poner en marcha el servicio de teleasistencia móvil, financiado por el IMSERSO, con el objetivo de proteger a todas las víctimas que lo soliciten, pero que deben cumplir una serie de requisitos, como el de no convivir con la persona o personas que les han sometido a maltrato.
Las ayudas sociales para las mujeres maltratadas previstas en la propia Ley, como el pago único para aquellas que presentan dificultades para encontrar un empleo (por su elevada edad o bajo nivel sociocultural), el Ejecutivo destinó casi un millón de euros. Una cantidad que el Ministerio de Igualdad reembolsa a las comunidades autónomas.
EL TELÉFONO 016, CASI UN MILLÓN DE EUROS
Para el teléfono de ámbito nacional de asistencia a mujeres que sufren maltrato, ‘016’, el Gobierno, a través de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, determinó destinar la cantidad de 855.146 euros. Un servicio desde el que se asiste alas víctimas, con independencia de la comunidad autónoma en la que residan.
Además, indica que deben tenerse en cuenta todas aquellas actuaciones que desarrolla la AGE en las administraciones autonómicas que benefician también a las víctimas, como el Plan Vivienda 2007-2008, la renta de Inserción o las bonificaciones a empresas por contratar a maltratadas.
También considera, aunque sin especificar, que hay que añadir el gasto derivado del ejercicio de las competencias propias del Estado en materia de lucha contra la violencia de género –que varían de unas comunidades a otras– como las actuaciones de Instituciones Penitenciarias, Unidades Espaciales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la creación de Juzgados de Violencia sobre la mujer, o el establecimiento de unidades forenses de valoración integral.
Fuente: EuropaPress
________________
Enlaces relacionados:
– La violencia de género sólo es del hombre hacia la mujer
«Sólo la violencia que ejerce el hombre sobre la mujer puede considerarse como violencia de género y siempre que exista una relación de convivencia». Así lo afirmó ayer el presidente de la Audiencia de Cantabria, José Luis López del Moral, en declaraciones a este periódico al ser preguntado por la polémica sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2, que condena por primera vez en España como violencia de género unos malos tratos cometidos por una mujer hacia su esposa, con la que estaba en proceso de separación. Dicha sentencia ha sido recurrida ya a la Audiencia de Cantabria, que tendrá la última palabra.
El magistrado precisó que la violencia de género es un «concepto cultural» basado en la situación de desigualdad histórica y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres «y así lo recoge la Ley Integral de Violencia de Género y la Ley de Cantabria». Por eso, a su juicio, requiere que «el agresor sea el hombre y la víctima una mujer».
Sin embargo, el Juzgado de lo Penal número 2 de Santander, ha condenado a siete meses de prisión como autora de un delito de violencia de género a una mujer por insultar y agredir a su esposa, de la que se encontraba en trámites de separación tras 17 años de relación sentimental, equiparando así, por primera vez en España, la violencia que ejerce un hombre sobre la mujer, a la que ejercida entre parejas del mismo sexo.
En este sentido, el presidente de la Audiencia recordó que la Fiscalía General del Estado aborda expresamente este asunto y dice claramente en una circular que «la ley no ampara a las parejas homosexuales, ya sean hombres o mujeres», que también se pueden encontrar con una situación de violencia de género. «Sólo hipotéticamente cabría apreciar la violencia de género entre transexuales», señaló López del Moral.
El magistrado que ha dictado la resolución judicial, José Hoya Corrompan, ha eludido cualquier comentario sobre la sentencia, pero fuentes judiciales aseguraron ayer que aplica directamente la calificación jurídica de los hechos realizada por el Ministerio Fiscal.
Posible desliz
No obstante, la sentencia lleva al error, por cuanto confunde violencia de género con maltrato físico. Así, en el fallo se condena a la acusada por un delito de violencia doméstica o maltrato que se dice previsto y penado en el artículo 153.1 del Código Penal, cuando esa disposición es la que sanciona la violencia de género, y el maltrato está recogido en el artículo 152.2 del texto penal. El mismo desliz se produce en la calificación fiscal de los hechos.
Por su parte, la Confederación Española de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales (Colegas) aplaudió ayer la decisión del juez de lo Penal. «Las parejas de gays y lesbianas no estamos incluidas en la Ley de Violencia de Género y sólo tras una interpretación amplia de la norma, algunos jueces empiezan a seguir el espíritu y no sólo la letra de Ley», señaló la vicepresidenta de Colegas, Rosa Ortega.
Fuente: [Enlace bloqueado por la Tasa española AEDE]