No todas las imágenes tienen las mismas características. Una foto, un plano o un logo requieren de un tratamiento distinto a la hora de manejarlas o almacenarlas. Además, como producto tecnológico que son, están sometidas a los rigores de la tecnología de ese momento, las leyes de mercado, los derechos de autor, y la pericia de quiénes los diseñan.
El formato PNG (Portable Network Graphics) surge como un intento de mejorar al formato GIF (y de paso eludir el copyright al que estaba sometido), que había dado muy buenos resultados para trabajar con dibujos, en un momento en que los ordenadores no eran capaces de manejar imágenes con la misma velocidad que ahora. Como su antecesor, PNG comprime las imágenes con un algoritmo sin pérdida de datos (es decir, recuperamos el dibujo tal como lo almacenamos, luego veremos que esto no tiene por qué ser así), y además es capaz de soportar paletas de colores más grandes e imágenes con más profundidad.
Sin embargo, el JPG es un formato que parte de la compresión JPEG (Joint Photographic Expert Group), un método ingenioso de ahorrar espacio en las imágenes con gran cantidad de colores – como las fotografías- que aprovecha que el ojo humano no es capaz de distinguir variaciones mínimas de color para comprimir con pérdida. Es decir, la trampa consiste en representar con el mismo código de color áreas que formadas por varios colores muy parecidos entre sí.
Voy a intentar explicarlo con un símil. Imaginemos que vamos a una hamburguesería y tomo nota de lo que quieren mis amigos: Cinco hamburguesas completas, una de ellas sin cebolla y otra con mucho pepinillo, dos perritos calientes completos y uno más solo con ketchup. Imaginemos ahora que quiero ahorrarme molestias y pido cinco hamburguesas completas y tres perritos completos. Desde luego he perdido parte de la información deliberadamente, pero me compensa.
La versatilidad de JPG estriba en que es posible comprimir gran cantidad de datos sin que el usuario perciba el cambio. Además, se puede regular esa tasa de compresión. Sin embargo, la compresión JPG da malos resultados para los dibujos, donde lo más recomendables es usar PNG.
Como dije antes, los formatos están sujetos a los vaivenes de la tecnología. Es por ello que el formato JPG, siendo más antiguo que PNG, ha tenido la capacidad de adaptarse a los cambios que exigía el tiempo, como el uso de paletas CMYK -importantísimo para la impresión de calidad- y el uso de metadatos (información adicional como fecha, hora, localización…) que utiliza el formato de datos intercambiable Exif.
Fuente: HABLANDO DE CIENCIA
Autor: Jorge Frías Perles
Licencia CC
Durante este mes de octubre BSI publicó la revisión del estándar internacional ISO/IEC-27001:2013, ya desde marzo de este año se habían publicado algunos borradores del nuevo estándar, a continuación vamos a enumerar algunos de los principales cambios incluidos en esta nueva versión.
Para comenzar, se realizaron cambios en su contenido, agregando y eliminando controles, reestructurando especialmente el Anexo “A” donde se aumenta a 14 los dominios de control y se reduce en 20 la cantidad de controles quedando en 113.
Esta nueva versión de ISO/IEC 27001:2013 se adapta con una serie de lineamientos que sirven para el desarrollo de un sistema de gestión de la seguridad de la información, que sin importar el tipo de empresa, se pueda alinear con otros sistemas de gestión en la empresa.
Ampliar en: Blog de Laboratorio
El objetivo de la norma ISO / IEC 29119, aún en elaboración, es crear un estándar definitivo sobre pruebas software, que recoja y estandarice el vocabulario, los procesos, técnicas de documentación, etc., del ciclo de vida de las pruebas.
Como es típico en muchas normas ISO, la ISO 29119 se ha dividido en varias partes (es decir, en varios documentos). Por el momento, estás son las cuatro partes en las que se está trabajando:
– Parte 1: Definiciones y Vocabulario.
– Parte 2: Proceso de Pruebas.
– Parte 3: Documentación de Pruebas.
– Parte 4: Técnicas de Pruebas.
La norma ISO 29119 unificará muchas otras normas relacionadas con el testing
– La BS 7925-1.
– Las IEEE Std. 829, Software Test Documentation, IEEE Std 1008, Software Unit Testing, IEEE Std 1012-1998 Software Verification and Validation y IEEE Std 1028-1997 Software Reviews.
– Y varias ISO, como son la ISO/IEC 12207, Software Life Cycle Processes, ISO/IEC 15289, System and Software Life Cycle Process Information Products y ISO/IEC TR 19759, Guide to the Software Engineering Body of Knowledge.
Ampliar en: Javier Garzás, sobre calidad software y otros temas relacionados
Si ve una marca CE (un acrónimo de «Conformidad Europea») en cualquier aparato electrónico (incluidos los juguetes y productos sanitarios), es básicamente una garantía del fabricante de que el producto cumple todos los requisitos de seguridad de la Unión Europea.
Es obligatorio para los fabricantes para satisfacer todos los requisitos de la marca CE antes de que puedan vender sus productos en cualquiera de los países de la Unión Europea.
En algunos casos, la marca CE está mal y por lo tanto no todos los productos que lleven las letras C y E puede ser considerados seguros. Hay informes sin confirmar de que algunos productos hechos en China llevan la marca CE pero en este caso CE significa «China Export» (es decir, el producto se exporta desde China) y no «Conformidad Europea».
Afortunadamente, el estilo de letra y el espaciado entre las dos letras en el logo «Exportación de China» es un poco diferente por lo que no es difícil de percibir la marca CE falsa. Las letras de la marca CE originales son como dos semicírculos de radio similar pero más grande y cuadrado, cuando se dibuja por completo, se reúnen entre sí.
Fuente: digital inspiration
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Enlaces relacionados:
– Apuntes Informática Aplicada a la Gestión Pública. UMU. Capitulo 12 Calidad
– Apuntes Introducción a la Informática. Capítulo 6. UMU. Periféricos de un ordenador
– Fuentes de alimentación, para PC. Homologadas y compatibilidad electromagnética
Desde el 31 de diciembre pasado, todo ciudadano tiene derecho a relacionarse con la Administración de forma electrónica sin ser obligado a usar un formato o programa concreto. Sin embargo, ahora mismo, si alguien quería firmar una queja on-line ante el Defensor del Pueblo , la web oficial le obligaba a utilizar un navegador determinado, en este caso el Internet Explorer de Microsoft. Estas imposiciones tienen los días contados.
El pasado sábado entró en vigor el Real Decreto que regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad . La norma establece las condiciones técnicas que han de cumplir las administraciones en su relación entre sí y, lo que es aún más importante, con los ciudadanos.
Una de las que tendrá más impacto es la que recoge el artículo 11, que obliga a las administraciones a usar estándares abiertos. El reglamento publicado en el BOE los define como una especificación técnica aprobada por un organismo de normalización y, para ser abierta, debe ser pública, de uso gratuito y no estar sujeta al pago de un derecho de propiedad intelectual o industrial.
Esto implica que algunos de los formatos informáticos más usados hoy, como los .doc (del procesador de texto Word de Office), el .xls (del programa Excel) o el popular .ppt para las presentaciones no serán bienvenidos en la Administración.
Y aunque no parece que vayan a ser muy utilizados en la Administración electrónica, tampoco el formato .mp3, para archivos de audio, el protocolo de telefonía por Internet Skype o el formato de imagen .psd del Photoshop de Adobe son estándares abiertos.
Para la diputada del PSOE Lourdes Muñoz , «los estándares abiertos son más económicos y no obligan al ciudadano a usar una marca determinada». Este reglamento, que desarrolla la parte de interoperabilidad de la Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos (LAECSP), recoge una excepción a la apuesta por lo abierto.
Se aceptarán estándares no abiertos cuando no haya una alternativa abierta y sean de uso común entre los ciudadanos. «Pero en el caso de que no lo haya, la Administración pública se obliga a promover su desarrollo», aclara Muñoz.
Todavía hay muchos estándares no abiertos que son propiedad de las grandes empresas informáticas, como IBM, Oracle, Adobe o Microsoft, que se usan en las administraciones públicas. «Pero o los abren, adaptándose a las leyes, o se quedarán fuera», avisa el director de Opentia , Alberto Barrionuevo.
Esta empresa ha colaborado con Telefónica en la elaboración de una serie de informes técnicos para el Gobierno. Han analizado el mercado y han encontrado que, de casi 500 estándares disponibles, sólo el 10% no son abiertos. Esto demuestra, según Opentia, que el uso de estas normas es posible. «Las administraciones sólo tienen que acostumbrarse a utilizarlos», dice Roberto Santos, de la división de Grandes Clientes de Telefónica .
Además, «en el caso de que un servicio necesite usar un estándar no abierto, organismos estatales como el Inteco o Cenatic tendrán que impulsar la creación de formatos y estándares», opina Santos.
Un segundo elemento clave es la creación de un repositorio de aplicaciones donde las administraciones dejarán sus programas para su uso por el resto. Más aún, Linux se ha colado de lleno en la Administración.
Todo el material será de uso público. La licencia de estos programas cumplirá con las cuatro libertades básicas del software libre: la libertad de ejecutarla, la de acceder a su código, la de modificarla y la de redistribuir copias a los demás.
Fuente: Público.es
Bajo licencia Creative commons
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Enlaces relacionados:
– Actualidad informática: Software libre
– Apuntes Informática Aplicada al Trabajo Social. Fundamentos software
– Apuntes Introduccion a la Informática. Sistemas Operativos
En el Consejo de Ministros del pasado día 8 de enero, se aprobaron (!por fin!) los dos Reales Decretos que regulan los Esquemas Nacionales de Interoperabilidad y de Seguridad, que se constituyen dos herramientas esenciales para el desarrollo de una e-Administración segura y eficaz.
Ambos Reales Decretos constituyen el segundo desarrollo de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos de 2007, tras la aprobación del Real Decreto 1671/2009.
Estos Esquemas establecen los requisitos mínimos que cada Administración deberá aplicar para poder ofrecer al ciudadano un servicio unificado. Es decir, un ciudadano podrá realizar su gestión sin necesidad de conocer la administración competente.
A continuación un resumen de las características de cada uno de estos Esquemas:
Esquema Nacional de Interoperabilidad:
Esquema Nacional de Seguridad:
Enlace:
Fuente: XperimentoS
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La aprobación oficial de la tecnología 802.11n, como es conocida, llega años después de que tanto portátiles como otros equipos a la venta lo hubiesen incorporado desde hacía tiempo a sus prestaciones bajo el nombre de 802.11n ‘borrador’.
La tecnología ofrece una velocidad seis veces más rápido que la tecnología actual y es capaz de transferir datos a distancias de 90 metros en interiores, el doble que las tecnologías anteriores.
Aunque se preveía que la aprobación llegaría en algún momento de este año, ya que contó desde el principio con el apoyo de importantes compañías tecnológicas, también se dudaba que algún día fuese plenamente ratificada.
«Ha sido un desafío técnico extraordinariamente amplio», dijo Bruce Kraemer, de la IEEE. «Cuando empezamos en 2002, muchas de las tecnologías recogidas bajo el estándar 802.11n eran temas de investigación universitarios y no se habían implementado».
La aprobación de la IEEE garantiza ahora la compatibilidad de la tecnología con los dispositivos.
Fuente: Madrid+d
Hace 125 años, tal día como ayer 13 de mayo, pero de 1884, nacía una asociación que con el tiempo tomaría el nombre de IEEE y donde un montón de ingenieros de diversos campos relacionados con la electricidad y todos sus «derivados» desarollarían muchos de los estándares de los aparatitos que utilizamos hoy en día. Graham Bell y Edison (el que robó a Tesla) estuvieron entre sus fundadores.
Fuente: microsiervos