Cuando en los años 60 del siglo pasado se descubrió que los particulares hacían copias no consentidas por los titulares de los derechos utilizando la tecnología de aquella época (las cintas magnetofónicas y las musicassettes), se tomaron en consideración los siguientes elementos y se diseñó un sistema de compensación ampliamente conocido como «canon»:
La filosofía subyacente estaba muy clara: convalidar las copias que los ciudadanos realizaban por no poderse controlar las mismas y remunerar a los autores. Sin embargo, esta filosofía se quebró en nuestro siglo con las actuales copias: las que los ciudadanos realizan con los programas p2p. Como es bien sabido, cuando se reformó en julio de 2006 nuestra Ley de Propiedad Intelectual introduciendo el llamado canon digital, tanto el Partido Popular como el Partido Socialista aprobaron unánimemente un canon que no sólo no convalidaba las copias realizadas por los ciudadanos sino que, además, en la ley se restringía el concepto de copia privada. De esta manera se traicionaban los fines buscados por la anterior legislación y se pasó a un sistema diferente:
Nuestros corruptos partidos políticos, sorprendentemente de acuerdo en algo, perdieron una oportunidad histórica de diseñar un canon
acorde con la finalidad de la ley (la convalidación de las copias y satisfacción a los autores), que hubiera sido el siguiente:
Este sistema, además, tendría una ventaja adicional: ni el Estado, ni las empresas, ni los autónomos, satisfarían canon y el papel del siglo XXI (el soporte digital) dejaría de estar gravado. Si la línea de conexión fuese de una institución administrativa, académica, a una sociedad mercantil o de un autónomo, esa línea se hallaría exenta de canon, pero la empresa de telecomunicaciones lo satisfaría por cada conexión a un domicilio particular. El precio de las líneas debería ser el mismo independientemente de su contratante: si la línea es de un Juzgado y su velocidad es de 3 Megas, su precio deberia ser idéntico al de un particular con igual tipo de conexión. Por supuesto, este nuevo régimen exigiría la supresión del canon actual, que no tiene ningún sentido. Se dejaría de criminalizar a los particulares y pagarían quienes verdaderamente se están lucrando con las descargas.
Ayer acabamos el juicio del caso Soto. Durante el mismo se ha evidenciado la existencia de un sector económicamente muy floreciente: el sector de los servicios «antipiratería». Este sector está compuesto por tres tipos de servicios:
Con un canon como el descrito, el caso Soto nunca hubiera existido. ¿Quién hubiera ganado? La sociedad y el desarrollo tecnológico. ¿Quién hubiera perdido? El sector de servicios «antipiratería» vinculado con las reformas legislativas precisamente a través de los lobbies. Criminalizar es un gran negocio. Nos estafaron los dos partidos políticos PSOE y PP cuando reformaron de común acuerdo la Ley de Propiedad Intelectual, lo que nos deja una pregunta pendiente: ¿Quiénes son los verdaderos piratas?
Fuente: Derecho de Internet
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