Las empresas del sector de las telecomunicaciones son las que más sanciones reciben por vulnerar la Ley de Protección de Datos, según informó ayer la Asociación de Internautas (AI). El pasado ejercicio la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) abrió un total de 105 procedimientos y 314 investigaciones contra estas compañías por cuestiones de tutela de derechos, es decir, para garantizar que los datos de los clientes estén actualizados y el consumidor afectado pueda acceder a ellos. Estas cifras duplican a las tramitadas en el sector financiero.
El «auge» de las quejas en el sector de las telecomunicaciones tiene que ver con la multiplicación de empresas dedicadas a facilitar conexiones telefónicas y acceso a Internet. Sus servicios «no siempre se prestan siguiendo la legalidad», afirma la AI. Estas empresas «son las que más procedimientos sancionadores tienen abiertos y las que más inspecciones han generado en el último año», recuerda. Entre las principales quejas de los usuarios, la AI destaca las altas fraudulentas y las trabas para darse de baja de algunos de sus servicios.
Fraudes
El desarrollo de la Sociedad de la Información y la liberalización del mercado de las telecomunicaciones han generado la aparición de una serie de prácticas fraudulentas en la contratación de los servicios, irregularidades que han motivado que muchos usuarios se vean involucrados en ficheros de deudores.
El problema llega cuando el usuario decide darse de baja pero la empresa continúa cobrándole una vez que ha dado orden en el banco de que no se paguen más facturas. «Entonces hay recibos que se quedan sin pagar porque el cliente no está de acuerdo con que la empresa le siga facturando», explica el presidente de la Asociación de Internautas, Víctor Domingo.
De este modo, por cantidades mínimas, «miles de ciudadanos se ven dentro de los listados de morosos, de los que muchas veces tienen la primera noticia cuando acuden a un banco a solicitar un préstamo o tratan de comprar un coche», apunta Domingo, que recuerda que las empresas tienen la obligación de remitir una carta a los usuarios para anunciarles que los han incluido en una de esas listas.
Además, recuerda la Federación de Consumidores en Acción (FACUA), mientras el impago esté en proceso de reclamación, la compañía «no puede incluir los datos del cliente en el registro», es decir, que si el usuario no está conforme con la cantidad que le reclama y ha presentado una queja que está sin resolver, la empresa «aún no podría tachar de moroso al cliente».
FACUA denuncia asimismo que tampoco se respeta en muchos casos el tiempo estimado para dar de baja a los clientes de estos registros cuando ya han saldado sus deudas. Tras pagar la cantidad debida y solicitar la baja, las empresas «siguen sin borrarles de la lista negra».
Multa a Uno-e Bank
Precisamente, la AEPD acaba de sancionar a Uno-e Bank, entidad bancaria «online» dependiente del BBVA, con dos multas de 60.000 euros por infringir dos artículos de la Ley de Protección de Datos al ceder datos de uno de sus clientes a los ficheros de morosos de ASNEF y BADEXCUG, alegando el impago de más de 1.700 euros.
Según la Agencia, el usuario fue incluido «indebidamente» en listas de morosos debido a «una presunta deuda» la cual, posteriormente, se demostró «que no existía». Este organismo recuerda que los datos de las personas que se incluyen en estos listados tienen que ser «exactos y puestos al día», y su tratamiento «requerirá el consentimiento inequívoco del afectado».