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Derecho Penal II, curso 2005/06. Licenciatura en Criminología. Universidad de Murcia





Derecho Penal. Parte Especial. Práctica 1


La noche del 21 de noviembre de 2005, Julián R. F. se encontraba junto a un grupo de amigos en la discoteca Soho. Pasada la una y media de la mañana se dirige a la barra del citado establecimiento para pedir un vodka con limón, siendo atendido por Laura, una camarera con quien comienza a entablar conversación y queda con ella a las seis de la mañana.

Pasados veinte minutos, Rafael L. G., miembro del personal de seguridad, es advertido de la situación e interrumpe la charla llamando la atención a Laura. quien debe continuar trabajando. Ante este hecho, se genera una discusión entre Julián y Rafael referente a que el primero tiene derecho a hablar con la camarera en tanto le está pidiendo consejo sobre la bebida a escoger. En medio de la discusión, el personal de seguridad aconseja a Julián que abandone el establecimiento por su propia voluntad con el argumento de que se encuentra perturbando la labor del personal.

Una vez fuera intenta acceder nuevamente al establecimiento pagando su entrada. derecho que se le deniega sin explicación alguna. Ante semejante sinrazón solicita hablar con el encargado, negándose a establecer semejante comunicación el personal de portería. Frente a tales acontecimientos, Julián se planta delante de la puerta de acceso al recinto sin moverse y exigiendo su acceso al local por cuanto no existe derecho de admisión alguno que permita prohibirle su entrada.

Pasadas las cuatro y media de la mañana, sale Rafael y le recrimina su actitud siendo Julián totalmente indiferente a las burlas realizadas, situación que se mantiene, con constantes mofas, hasta las seis, hora en que aparece Laura, y, sorprendida de que Julián siga aún ahí, se dirige hacia él para saludarlo. Una vez producido el encuentro. éste se vuelve hacia Rafael en los siguientes términos: ¡No vuelvo más a esta mierda de discoteca, pero me llevo lo mejor de ella!, ante lo cual este último se dirige al primero y, sin mediar palabra alguna, le golpea con el puño derecho en la cara produciéndole dolor localizado en el pómulo derecho, afectando dicho golpe a un incisivo superior que precisó reconstrucción por importe de 54 euros, tardando en curar cinco días. los cuales estuvo incapacitado para dedicarse a sus ocupaciones habituales.

ESQUEMA A SEGUIR PARA LA RESOLUCIÓN DE LA PRÁCTICA

I. Bien jurídico protegido.

II. Sujetos.
    1. Sujeto activo.

    2. Sujeto pasivo.
III. Conducta típica: Tipo aplicable.

IV. Causas de justificación.

V. Elementos subjetivos del delito.
    1. Causas de inimputabilidad.

    2. Formas de culpabilidad: dolo, imprudencia o su ausencia (caso fortuito o error).
VI. Formas especiales de aparición del delito.
    1. Iter criminis: actos preparatorios punibles, tentativa. desestimiento o arrepentimiento voluntario, consumación del delito.

    2. Autoría y participación.

      A) Tipo de autoría.

      B) Tipo de participación.

    3. Concurso de delitos.

    4. Circunstancias modificativas de la responsabildiad penal: agravantes y atenuantes.

VII. Consecuencia jurídica.






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