El juzgado de lo Mercantil de Burgos ha dado la razón a la empresa murciana J. GarcÃa Carrión, propietaria de la marca ‘Don Simón’, y ha obligado al Grupo Leche Pascual a retirar sus zumos ‘Pascual’ del lÃneal de frÃo de todos los establecimientos en el plazo de tres meses.
En concreto, el juez determina que la empresa burgalesa ha incurrido en competencia desleal y engaño al consumidor, al comercializar sus zumos como refrigerados sin serlo.
Dicha sentencia, con fecha 15 de diciembre de 2010, tiene su origen en una demanda interpuesta por J. GarcÃa Carrión contra Grupo Leche Pascual que fue admitida Ãntegramente por la Audiencia Provincial de Burgos al considerar igualmente que la práctica llevada a cabo por Pascual constituÃa un un acto de competencia desleal.
«La conducta de Grupo Leche Pascual consistente en comercializar como refrigerado su producto de la marca ‘Zumos Pascual’ mediante su comercialización en el lineal de frÃo de los establecimientos y la inclusión en su etiquetado de la recomendación de conservación del producto entre 0 grados y seis grados constituye un acto de competencia desleal», señala en su fallo la sentencia del 22 de marzo de 2010.
Posteriormente en un auto presentado por J. GarcÃa Carrión ante el mismo juzgado el 21 de junio de 2010, se establecieron los términos en los que deberÃa ser ejecutada la sentencia.
En dicho auto se requerÃa a Grupo Leche Pascual que cesara en la comercialización como refrigerado de los zumos ‘Pascual’ en el lÃneal de frÃo de los establecimientos, asà como en la inclusión en su etiquetado de la recomendación de conservación del producto entre cero y seis grados en un plazo de tres meses.
A  pesar de que Pascual recurrió la sentencia, el juez de la sala Mercantil de Burgos, en la sentencia del 15 de diciembre de 2010, desestimó el recurso y mandó seguir adelante con la ejecución de los términos acordados en el auto anterior.
Fuente: NEWSLETTER DEL SIGLO XXI
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