Nueva reglamentación de comercialización de zumos en España

Toca Comer. Nueva reglamentación zumos, en España. Marisol Collazos Soto

Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1050/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria de zumos de frutas y de otros productos similares destinados a la alimentación humana.

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El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica parcialmente la actual Reglamentación Técnico-Sanitaria de zumos de frutas y otros productos similares, destinados a la alimentación humana.

El objetivo de este Real Decreto es incorporar al ordenamiento jurídico español lo establecido en dos Directivas comunitarias sobre esta materia, aprobadas en 2009 y 2010, como consecuencia de la evolución de las normas internacionales pertinentes en relación con los zumos y néctares de frutas.

De esta forma, el nuevo Real Decreto sustituye los términos “elaborado a base de concentrados” y “elaborado parcialmente a base de concentrados” por los términos “a partir de concentrados” y “parcialmente a partir de concentrados”.

Asimismo, se añade a la Reglamentación Técnico-Sanitaria un apartado relativo a los niveles mínimos de grados Brix, que miden el coeficiente total de sacarosa disuelta en un líquido, para los zumos de frutas elaborados a base de concentrados.

© Presidencia del Gobierno de España 2010

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