Si lleva azúcares añadidos no podrá denominarse jugo, será néctar

Toca Comer. Jugos y néctares. Marisol Collazos Soto

El néctar es el producto resultante de la adición de azúcar y agua al zumo natural. En cambio, el zumo es puro 100% o acaso de concentrado (se la extrae el agua).  Pero a veces el etiquetado confunde.

La Unión Europea ha aprobado un acuerdo que modifica la norma europea que regula el etiquetado de los zumos de fruta y néctares. El objetivo es asegurar una información más clara a los consumidores y prohibir el uso de azúcares añadidos en los jugos de fruta exprimida.

Una vez que la norma entre en vigor, los países tendrán un año y medio para trasladarla a sus legislaciones nacionales. España es el principal productor y consumidor de zumos en el mercado comunitario, aunque la Unión Europea importa hasta el 80% de los zumos que consume.

Néctares

Serán los únicos que podrán llevar endulzantes añadidos y se vetará la mención ‘sin azúcares añadidos’. Los néctares se producen con purés de frutas y agua y sí pueden contener azúcar añadido o edulcorantes.

Para evitar confusión, la etiqueta ‘sin azúcar añadido’ no se permitirá en los néctares que contengan edulcorantes artificiales, como la sacarina.

Zumos de fruta

No contendrán azúcar ni edulcorantes. Las mezclas de dos zumos tendrán que llevar en el futuro el nombre del producto que refleje el contenido, para evitar casos que sí pueden darse en la actualidad.

La Unión Europea importa hasta el 80% de los zumos que consume. Ahora, un zumo con el 90% de manzana y un 10% de fresa se puede comercializar como zumo de fresa únicamente. La novedad es que en estas situaciones se empleará un nombre genérico como ‘mezcla de zumos’ si hay tres o más frutas.

Se incorpora a la lista de frutas para zumos el tomate para que los zumos de este alimento estén sujetos a las mismas reglas específicas que pesan sobre el resto de zumos. De manera transitoria se permitirá poner en la etiqueta que ‘ningún zumo podrá llevar azúcares añadidos’.

Naranja con mandarina

Otra de las principales novedades es someter los zumos que llegan de fuera de la Unión Europea a las mismas normas que cumplen los productores comunitarios, en especial en cuanto a los zumos de naranja.

Con ello se quiere poner en pie de igualdad a los europeos con otros países que, como Estados Unidos y Brasil, producen zumo de naranja con hasta un 10% de mandarina (que mejora el color y sabor del producto) sin especificarlo en el etiquetado.

Las normas de la UE no permiten hacer lo mismo a sus productores, por lo que con la nueva directiva los zumos importados deberán identificarse como ‘zumos de naranja y mandarina’ si llevan esta segunda fruta en su composición.

Fuente: 20minutes.es

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