1. TIPOLOGÍA VICTIMAL PROPUESTA
a.Falsa.
b.Real.
- Individual
Inocente:
especialmente vulnerable,
accidental,
común.
Voluntaria.
Provocadora.
Culpable.
- Colectiva.
Colectiva propiamente dicha.
Colectiva difusa.
El primer criterio que tenemos que distinguir es si se trata de una víctima falsa o real. La diferencia viene puesta de manifiesto por la propia consideración de víctima, es decir, la real será un sujeto que ha sido victimizado, mientras que las víctima falsa es aquella que creemos que en principio ha sido victimizada pero que a posteriori se demuestra su falsa victimización.
A. Las víctimas falsas hay algunos autores que niegan su consideración porque no se tratan de víctimas en sentido estricto, sin embargo, a efectos operativos si nos interesa por cuanto su falsa consideración puede llevar consigo responsabilidad posterior.
La
víctima imaginaria comprendería a aquella persona que debido a determinados factores biopsicosociales va a creerse víctima de un delito, ¿Quiénes suelen ser? Sujetos con patologías, los supuestos mas habituales son supuestos de paranoicos, individuos con personalidad histriónica, algunas psicosis (delirium, esquizofrenia…), también lo son los menores de edad y ancianos.
La
víctima simulada la identificamos con aquellos individuos que, mediando algún tipo de interés propio o ajeno, actúan como si verdaderamente fueran víctimas, sabiendo interiormente que no lo son, un ejemplo puede ser el que simula un robo para cobrar un seguro o el que quema su propia casa para cobrar el seguro.
La diferencia entre la imaginaria y la simulada es que en la primera el sujeto cree a ciencia cierta que es víctima, mientras que en l simulada saben desde el principio que no han sido victimizados.
B. La víctima real comprende el caso más habitual de víctima, e incluiría aquellas hipótesis en las que se comete un ilícito penal que afecta a uno o varios sujetos. La podemos subdividir en dos grupos:
B1. víctima individual: la definimos como aquella persona o personas afectadas por el ilícito penal que no presentan ningún tipo de nexo causal entre ellas o presentándolo no ostentan el grado de representatividad. (el grado de culpabilidad de la víctima es 0% y del delincuente 100%). Dentro de estas distinguimos 4 hipótesis. El criterio que vamos a seguir para delimitar estas categorías es el grado de responsabilidad de la víctima sobre el hecho criminal:
1. Víctima inocente es aquella cuyo grado de culpabilidad sobre el hecho ilícito es nulo, hablamos de casos en los que el víctimario escoge libremente a su víctima sin que esta tenga conocimiento de su futuro estado: ej. Un tirón de bolso por la calle.
Dentro de estas distinguimos tres hipótesis:
- víctima especialmente vulnerable: la circunscribimos a aquellos grupos sociales que revisten caracteres exógenos o endógenos que los hacen fácilmente victimizables, siendo, por tanto, su índice de victimización mayor que el resto de sujetos. Ej. en el delito de violación seria víctima especialmente vulnerable una mujer joven de 18 a 30 años. En la violencia domestica serian ancianos, niños y mujeres.
- víctima inocente accidental: sería aquella cuya victimización se produce por causa o fuerza mayor, lo habitual en estos casos es que el sujeto activo no sea una persona física, sino que mas bien, estas situaciones provienen de hechos donde no hay intervención humana. Ej. Desastres naturales, ataques de animales. ¿Podría darse el caso fortuito producido por otra persona? Accidente de tráfico en el que el conductor ha llevado todas las precauciones necesarias. Ej. En un lugar de caza un cazador dispara a una persona al confundirla con la presa.
- víctima común: es la mas fácil de las tres por cuanto incluye a todos aquellos sujetos victimizados que no reúnen ni la consideración de especialmente vulnerable ni la de accidental, es decir, la víctima común la obtendremos eliminando las hipótesis anteriores, si no especialmente vulnerable ni accidental, será común. Ej. En el delito de violencia domestica la víctima común será el hombre, hemos descartado a mujeres, ancianos y niños.
2. Víctima voluntaria: la entendemos como aquellas personas que se ofrece como sujeto pasivo en la comisión de un delito. Se caracteriza por el carácter voluntario y libre que manifiesta en su actuación, es decir, tiene que haber un pacto o acuerdo entre el sujeto activo y el sujeto pasivo, en ese sentido el grado de responsabilidad de víctima y delincuente es del 50% para cada uno. Ej. El alemán que puso un anuncio en internet de que se quería comer a alguien y el sujeto pasivo respondió (el que se lo comió se llama Armin Meiwes). Ej. La eutanasia.
3. Víctima provocativa: englobaría aquellos supuestos en los que la víctima incita al sujeto activo a cometer la conducta delictiva, sería un supuesto muy próximo a la voluntaria donde el sujeto provoca hasta que el otro desarrolla la conducta criminal, el grado de culpabilidad del delincuente sería del 25% y de la víctima 75%.
¿Cómo diferenciamos la víctima voluntaria de la provocativa? En la provocación. Ej. Seven, en la escena final el malo le da al bueno la cabeza de su mujer para que lo dispare y le mate, la el malo le provoca para que le mate.
4. Víctima culpable: es aquella en la que la víctima presenta un 100 % de responsabilidad en cuanto el hecho criminal mientras que el delincuente no presenta responsabilidad alguna; aquí tenemos un intercambio de roles, la víctima pasa a ser delincuente y el delincuente víctima; el resultado en los casos reales es que el delincuente sea absuelto. Ej. Un sujeto se lanza a la calzada para ser atropellado y cobrar una indemnización.
B2. Víctima colectiva
Se tienen que dar dos elementos esenciales: representativas, y nexo causal. La representatividad, tienen que verse afectados la mitad más uno de los integrantes del grupo. El segundo requisito, el nexo causal: entre los integrantes del grupo tiene que haber un elemento identificativo común (ejemplo: ser hombres, morenos, ser alumnos, estar en un lugar).
Hay dos tipologías dentro de la víctima colectiva: la
difusa y la
propiamente dicha.
La difusa nos sirve para cuando no se sabe el número concreto de sujetos afectados. (Ejemplo: delitos contra el medio ambiente, humos, no pudiendo determinar las víctimas de esos hechos).
La propiamente dicha, si se puede realizar la victimización de forma concreta.
PRÁCTICA 1
Siendo las cuatro de la mañana, un grupo de jóvenes skin heads, con evidentes signos alcohólicos, y tras dar una brutal paliza a un ciudadano subsahariano, apuestan cuantos desperfectos puede causar uno de ellos en 15 minutos. A tal efecto, José Luis FG, se dirige a la calle Luna, y destroza el luminoso del Bar D. accede al edificio E procediendo a pintar con spray 4 de las 8 puertas del citado edificio, el escaparate de la ferretería F, de igual forma, accede a un centro comercial, donde realiza similares destrozos para los del edificio, en 4 de los 7 de los establecimientos comprendidos. Pues al sonar la alarma del edificio sale del lugar, en ese momento, y ante la llegada de la policía local, Ignacio RM, que acompañaba al citado grupo, abre su local G, sito en la misma calle, y da cobijo a José Luis con la promesa de que una vez que se vaya la policía, deberá hacer lo propio con su negocio (que se lo destroce) lo que pasado una hora, realiza José Luis.
Personada nuevamente las FCS, se computan los siguientes inmuebles dañados.
Bar D. Edificio E. Ferretería F. Centro Comercial. Local G. Farmacia H, cuyo propietario, aduce el hundimiento de la persiana que protegía la puerta de acceso al establecimiento, situación creada por el mismo cuando para cargar los medicamentos pegó excesivamente su vehículo y por último el Restaurante C, que se encontraba nexo al Bar D.
Finalmente José Luis ganó la apuesta. Aunque lamentándose de no haber podido actuar sobre la tienda de animales que se encontraba a continuación haciendo esquina y facilitándole más aún la huida y su posición ante los miembros del grupo.
RESOLUCIÓN
Subsahariano: Víctima Real. Individual. Inocente. Especialmente vulnerable.
Bar D: víctima Real. Individual. Inocente. Común.
Edificio E: Víctima Real. Individual. Inocente.
Ferretería F: Víctima real. Individual. Inocente. Común.
Centro Comercial: Víctima Real. Colectiva. Propiamente dicha.
Local G: Víctima Real. Individual. Voluntaria.
Restaurante C: Víctima Individual. Real. Inocente. Común.
Farmacia: Víctima Falsa. Simulada.
Tienda de animales: no ha sido afectada.
Podemos hablar de víctima colectiva con los comercios de la calle.8/13. Propiamente dicha. (Menos el edificio).
PRÁCTICA 2
El texto facilitado por el Prof. David Morillas.
BAR
Sujeto A: Víctima real. Individual. Voluntaria. (culpable).
Matrimonio y su hijo: víctima individual real. Inocente. común.
Anciano: víctima individual, real, inocente, común.
Tercero: no es víctima.
Hospital Psiquiátrico
(35 personas).
13 asfixiados: víctima real. Individual. Inocente. Común.
1 paciente de Neptuno: Víctima falsa imaginaria.
1 fumador: carece de relevancia, ya que no es víctima.
4 quemados: Víctima real. Individual. Inocente, común.
1 mantenimiento: Víctima falsa, simulada.
Bloque de viviendas (compuesto por los Edificios F, G, H, I)
Edificio G: 20 personas/16 heridos.
Edificio H: 20 personas/7 heridos. Víctima. Real. Colectiva. Prop. Dicha.
Edificio I: 13 personas/4 heridos.
Total habitantes: 53. Propietarios afectados: 27. Representatividad.
21 R I I C. 1 FI. 1FS. 1RIV. 1RC PD. CPBY.