La sentencia se refiere a la demanda presentada por la empresa SAS Institute Inc contra la sociedad World Programming Ltd (WPL) por haber copiado los manuales y los componentes del sistema SAS, infringiendo a su juicio los derechos de autor y la licencia de la versión de aprendizaje.
El Tribunal británico preguntó al Tribunal de Justicia sobre el alcance de legislación europea que regula los programas de ordenador. La sentencia concluye que ni la funcionalidad de un programa de ordenador ni el lenguaje de programación o el formato de los archivos de datos constituyen una forma de expresión, por lo que no disfrutan de la protección de los derechos de autor.
El titular de los derechos de autor de un programa de ordenador no puede impedir que el adquirente de una licencia observe, estudie y verifique el funcionamiento de ese programa ni los actos de carga y desarrollo necesarios para su utilización, siempre y cuando no se infrinjan los derechos exclusivos del primero.
No puede haber infracción del derecho de autor cuando el adquirente de la licencia no ha tenido acceso al código fuente del programa de ordenador, precisa la sentencia.
No obstante, el Tribunal declara que la reproducción, en un programa de ordenador o en un manual de utilización, de elementos descritos en el manual de otro programa, puede infringir los derechos de autor. Pero sólo en el caso de que esa reproducción exprese la creación intelectual del creador del manual. Sin embargo, corresponde al órgano nacional verificar si esa reproducción es la expresión de la creación intelectual del autor del manual de uso del programa de ordenador, señala la sentencia.
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